Rechazan la resolución del Tribunal Superior porteño que admitió un recurso contra un fallo de la Justicia Nacional


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    Corresponde rechazar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires que hizo lugar a un recurso de queja interpuesto por el demandado en el marco de una demanda por rendición de cuentas, dejando sin efecto una decisión de la Cámara Nacional en lo Civil, puesto que, a tenor del Decreto-ley 1285/58, la Ley 24.588, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y las demás normas concordantes, el Poder Judicial de la Nación no se confunde ni equipara con el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni tiene por cabeza a su Tribunal Superior de Justicia, y que la pretensión de este último de admitir un recurso no previsto por la ley, y revocar una resolución de esta cámara, carece de fundamento normativo y no puede ser avalada. El intento de un tribunal que pertenece a otra jurisdicción de intervenir en el proceso no sólo implica inmiscuirse en decisiones propias del Congreso Nacional, sino que lesiona el derecho de defensa en juicio de las partes al alterar el esquema diseñado por la ley que determina quiénes son los jueces naturales en las causas civiles que tramitan ante la Justicia Nacional.
    SENTENCIA
    2 de Octubre de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala A
    Magistrados: Sebastián Picasso - Ricardo Li Rosi
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    Carátula: Ferrari, María Alicia y otro c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ rendición de cuentas

    Fuente de Información





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