Decreto 788/20


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    DECRETO NACIONAL 788/2020
    BUENOS AIRES, 4 de Octubre de 2020
    Boletín Oficial, 5 de Octubre de 2020
    Vigente, de alcance general
    emergencia pública, emergencia sanitaria, coronavirus, profesionales de la salud, personal de las fuerzas armadas y de seguridad, exenciones impositivas, impuesto a las ganancias, prórroga del plazo, Bienestar social, Salud pública, Derecho laboral, Defensa y seguridad, Derecho tributario y aduanero, Derecho civilSe prorrogan los Beneficios Especiales a Personal de Salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros ante la Pandemia de Covid-19 hasta el 31 de diciembre de 2020

    ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de las disposiciones del artículo 1° de la Ley Nº 27.549.

    ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 3°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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