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- DECRETO 1.585/2020
- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Septiembre de 2020
- Boletín Oficial, 23 de Septiembre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 754/2020.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que los servicios esenciales y actividades exceptuadas hasta el día 11 de Octubre de 2.020 inclusive, serán los previstos por el Decreto Acuerdo Provincial Nº 1.390-G-2020, ratificando la facultad del Comité Operativo de Emergencia (COE) para clasificar zonas, departamentos o localidades por colores de acuerdo a la gravedad de la situación epidemiológica, flexibilizar o restringir medidas dispuestas y actividades habilitadas, y determinar protocolos de bioseguridad exigibles.-
ARTÍCULO 3°.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma íntegra, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Educación, Salud, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente, y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás efectos.-
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda