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- DECRETO 892/2020
- RAWSON, 22 de Septiembre de 2020
- Boletín Oficial, 23 de Septiembre de 2020
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°: Prorróguense por el plazo de catorce (14) días, el que fenece el día 07 de octubre de 2020 a las 00:00 horas, las disposiciones de los artículos 32 a 34 inclusive y 37 a 40 inclusive, del marco normativo transitorio dispuesto en el TITULO SEGUNDO, "CLAUSULAS TRANSITORIAS", del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 855/2020
Artículo 2°: Ténganse presentes las disposiciones del artículo 1° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 868/20 en lo relativo al marco normativo transitorio dispuesto específicamente para las localidades de Comodoro Rivadavia, Rada Tilly y Puerto Madryn, por un plazo de catorce (14) días, el que fenece a las 00:00 horas del 01 de octubre de 2020.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Salud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda