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- LEY 9.298
- SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 9 de Septiembre de 2020
- Boletín Oficial, 21 de Septiembre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Modifícase la Ley N° 8277 y su modificatoria, Ley N° 9294 (Sistema de Protección al Enfermo Oncológico Infantil y/o Terminal) como a continuación se indica:
- Reemplazar el Artículo 11, por el siguiente:
"Art. 11.- Los beneficios previstos en los Artículos 9° y 10 de la presente, no podrán acumularse a los previstos en los Artículos 4° y 5° de la Ley N° 9254." - Los Artículos 11, 12, 13 y 14 originales, pasarán a ser Artículos 12, 13, 14 y 15, respectivamente.
Art. 2°.- Modifícase la Ley N° 9254 (Régimen de licencias para agentes y beneficios para el tratamiento de familiar con discapacidad) como a continuación se indica:
- Sustitúyase el último párrafo del Artículo 5°, por el siguiente:
"A los efectos del cómputo del equivalente previsto en el presente artículo, se considerará la inclusión de las horas extras, bonificaciones por extensión horaria o cualquier adicional inherente a la efectiva prestación de servicios del agente. La presente asignación especial será también independiente de cualquier otro beneficio que tuviere, con excepción a las incompatibilidades legalmente previstas."
Art. 3°.- Comuníquese.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual