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- LEY 8.205
- SALTA, 13 de Agosto de 2020
- Boletín Oficial, 10 de Septiembre de 2020
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Adhiérase la Provincia de Salta a la Ley Nacional 26.905, que promueve la reducción del consumo de sodio en la población.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo, a través de sus áreas pertinentes, diseñará y pondrá en vigencia políticas de promoción de hábitos saludables y de reducción del sodio en el consumo y en la producción de alimentos procesados o industrializados.
Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la Provincia
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 5º.- Sanciones. La reglamentación de la presente Ley establecerá el procedimiento para la aplicación del régimen sancionatorio previsto en el art. 9º y concordantes de la Ley Nacional 26.905 y determinará el destino de los fondos originados por este concepto.
Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual