Actualizaron la estructura del Ministerio de Desarrollo Humano


    Volver al boletín
    DECRETO 17.812/2025
    SAN LUIS, 5 de Septiembre de 2025
    Boletín Oficial, 12 de Septiembre de 2025
    Vigente, de alcance general
    Modificación de la estructura orgánica, cargo, funciones ejecutivas, Administración Pública Provincial

    Art. 1º.- Modificar en su parte pertinente el Art. 1º y Art. 2° del Decreto Nº 44-MDH-2023, suprimiendo la siguiente estructura:

    1.13 DIRECCIÓN DE VIVIENDAS Y REGULARIZACIÓN DOMINIAL 1.13.1 Subdirección Soluciones Habitacionales 1.13.2 Subdirección Regularización Dominial 1.13.2.1 Área Recupero de cuotas 1.13.2.2 Área Control y Re adjudicación - Escrituración - Cancelación 1.13.3 Subdirección Asuntos Legales - Viviendas Sociales 1.13.4 Subdirección Asuntos Legales - Regularización Dominial

    Art. 2º.- A partir del presente Decreto, la estructura orgánico - funcional del Ministerio de Desarrollo Humano, queda conformada de la siguiente manera:

    1. MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO 1.1 Secretaría Privada 1.2 Despacho 1.3 Asesor Legal 1.4 Asesoría Contable y Presupuestaria 1.5 Subdirección Comunicación 1.6 DIRECCIÓN DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA 1.6.1 Subdirección de Centros de Desarrollo Infantil - Gestión - Planificación - Pedagogía - Estadística 1.6.1.1 Área Recursos Humanos 1.6.1.2 Área Pedagógica y Formación 1.6.1.3 Área Seguridad 1.6.2 Subdirección de Centros de Desarrollo Infantil - Gestión Territorial 1.6.2.1 Área Supervisión Zona I 1.6.2.2 Área Supervisión Zona II 1.6.2.3 Área Supervisión Zona III 1.6.2.4 Área Supervisión Zona IV 1.6.2.5 Área Supervisión Zona V 1.6.2.6 Área Supervisión Zona VI 1.6.3 Subdirección Protección Niñez, Adolescencia y Familia 1.6.3.1 Área Familia Solidaria. 1.6.3.2 Área Promoción, Protección de Derechos y Fortalecimiento Familiar 1.6.3.3 Área Villa Mercedes 1.6.3.4 Área Villa de Merlo 1.6.4 Subdirección Infraestructura y Logística 1.7 DIRECCIÓN DE INCLUSIÓN LABORAL 1.7.1. Subdirección Promoción del Trabajo 1.7.1.1. Área Desarrollo y Capital Humano 1.7.1.2 Área Administración 1.7.1.3 Área Asistencia y Vinculación 1.8 DIRECCIÓN INFRAESTRUCTURA SOCIAL 1.8.1 Subdirección Técnica 1.8.1.1 Área Infraestructura Social Z I A 1.8.1.2 Área Infraestructura Social Z I B 1.8.1.3 Área Infraestructura Social Z II A 1.8.1.4 Área Infraestructura Social Z II B 1.9 DIRECCIÓN EMERGENCIA SOCIAL 1.9.1. Subdirección - Abordaje Comunitario 1.9.1.1. Área Social Desconcentrada San Luis 1.9.1.2 Área Social Desconcentrada Villa Mercedes 1.9.1.3 Área Seguridad Alimentaria 1.9.1.4 Área Estrategia de Acompañamiento y Desarrollo 1.10 DIRECCIÓN INTEGRAL DE LA MUJER, GÉNERO Y DIVERSIDAD 1.10.1 Subdirección Atención integral a la Víctima de Violencia 1.10.1.1 Área Atención Integral Villa Mercedes 1.10.1.2 Área seguimiento proyección y evaluación de casos 1.10.1.3 Área Capacitación y Prevención 1.10.2 Subdirección Fortalecimiento de las Políticas de igualdad de Género 1.10.2.1 Área Acompañamiento y Desarrollo 1.10.2.2 Área Atención e Integración Social 1.11 DIRECCIÓN COOPERATIVA Y MUTUALES 1.11.1 Subdirección Abordaje Territorial 1.11.1.1 Área Abordaje Territorial Villa Mercedes 1.11.2 Subdirección Evaluación y Seguimiento de Proyectos 1.11.3 Subdirección Fiscalización y Asuntos Legales 1.12 DIRECCIÓN PERSONAS MAYORES 1.12.1 Subdirección Fortalecimiento y Promoción de los Derechos de Personas Mayores 1.12.1.1 Área Relaciones con la Comunidad Pueyrredón 1.12.1.2 Área Recreación Cultural 1.12.1.3 Área Recreación Deportiva 1.12.1.4 Área Participación Social 1.12.1.5 Área Planificación 1.14 DIRECCIÓN BARRIOS POPULARES 1.14.1 Área Despacho 1.14.2 Sub-Dirección Gestión Administrativa 1.14.2.1 Área Atención al Público 1.14.3 Sub-Dirección Logística y Coordinación Territorial 1.14.4 Área Enlace Territorial 1.15 DIRECCIÓN SISTEMATIZACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS 1.15.1 Subdirección Planeamiento y Proyectos 1.15.1.1 Área Desarrollo Informático 1.15.2. Subdirección Gestión de Recursos Económicos. 1.16 DIRECCIÓN DE INCLUSIÓN SOCIAL 1.16.1 Subdirección Gestión Territorial Zona I 1. 16.1.1. Área Pueyrredón 1. 16.1.2. Área Belgrano 1. 16.1.3 Área Ayacucho 1. 16.2 Subdirección Gestión Territorial Zona II 1. 16.2.1 Área Pedernera 1. 16.2.2 Área Dupuy 1. 16.3 Subdirección Gestión Territorial Zona III 1. 16.3.1 Área Pringles 1. 16.3.2 Área San Martin 1. 16.4 Subdirección Gestión Territorial Zona IV 1. 16.4.1 Área Chacabuco 1. 16.4.2 Área Junín

    Art. 3º.- El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través del área correspondiente deberá adecuar las partidas presupuestarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto.-

    Art. 4º.-La Secretaría de Estado Política Habitacional realizará la reubicación del personal para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.-

    Art. 5º.-Hacer saber a todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial, Contaduría General de la Provincia, Programa Capital Humano, Instituto de la Firma Digital de la Provincia de San Luis, Secretaría de Estado Política Habitacional y todas las Áreas dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano.-

    Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

    Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

    Más Decretos Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...