Aplicaron una sanción por daño punitivo al banco por otorgar a una clienta un paquete de productos no solicitados


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    Confirmaron el fallo que condenó a una entidad bancaria a indemnizar a una clienta por la conducta negligente de otorgarle un conjunto de productos no requeridos, que le generaron una deuda que afectó su situación crediticia. Observaron que el banco demandado adjudicó de manera unilateral a la actora un paquete que incluía productos no solicitados lo que provocó el nacimiento de una inconsulta deuda que le generó graves prejuicios, y pese a todos los reclamos y pedidos de explicaciones, la entidad demandada nunca brindó una solución o una respuesta favorable para subsanar la irregular situación. Por ello recalcaron que no puede haber dudas en cuanto a la conducta desaprensiva en la que se posicionó la entidad bancaria, desde la perspectiva de la responsabilidad profesional implicada. Agregaron que las entidades bancarias gozan de una superioridad técnica debiendo, en consecuencia, soportar las consecuencias y responder por los daños que pueden llegar a generar en sus clientes, quienes sin lugar a dudas se encuentran en inferioridad jurídica.

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    15 de Julio de 2025
    Más Jurisprudencia Nacional...

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    Carátula: Scozzafava, Fiorella c/ BBVA Banco Francés S.A. s/ sumarísimo

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