Un proveedor deberá devolver el precio abonado por una casilla de madera que nunca fue entregada


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    Condenaron a la proveedora demandada a pagar el precio abonado por la compra de una casilla de madera que nunca fue entregada, además de una multa en concepto de daño punitivo. Apuntaron que la conducta desplegada por la accionada, caracterizada no solo por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sino también por la falta de cumplimiento del deber de brindar información clara, veraz y suficiente al consumidor, implicó una afectación concreta a los derechos reconocidos por la Ley 24.240. Tal accionar, sumado al trato inadecuado dispensado a los empleados de la parte actora, reúne los presupuestos previstos por el artículo 52 bis de dicha normativa para la procedencia de la sanción allí prevista.

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    7 de Julio de 2025
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    Carátula: Estancias la Sirena S.A.A.G. y otro c/ Marchione, María Delfina s/ ordinario

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