La Cámara del Trabajo declaró inconstitucionales los artículos del DNU que limitan el ejercicio del derecho de huelga


    Volver al boletín
    La Sala IV de la Cámara del Trabajo confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, en cuanto impone restricciones al derecho de huelga en numerosas actividades a las que considera como servicios esenciales. Los magistrados refirieron que no se explican las razones por las cuales se intentó evitar el tratamiento de la cuestión en el Congreso, máxime cuando lo que se pretende es modificar un texto legal (art. 24 de la ley 25.877) incorporando nuevas actividades que considera esenciales y estableciendo expresamente otras que considera trascendentales, aspectos que deben debatirse en el seno del Poder Legislativo. En tal sentido señalaron que no está en debate qué servicios pueden ser o no ser considerados esenciales, sino el instrumento jurídico utilizado para modificar una ley de la Nación. Agregaron que resulta preocupante que se intente justificar la falta de tránsito por los canales institucionales que prevé la Constitución invocando, en forma genérica, una situación de crisis social y económica, porque, con ese razonamiento, el Congreso perdería su rol fundamental y para el que fue creado: sancionar las leyes de nuestro país.

    SENTENCIA
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
    CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    14 de Julio de 2025
    Más Jurisprudencia Nacional...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...