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- LEY 4.164-V
- RESISTENCIA, 14 de Mayo de 2025
- Boletín Oficial, 18 de Junio de 2025
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°: Establécese en los términos de la ley 2607-V, la creación del Registro Único de Fiestas Religiosas y Patronales que se realicen en la Provincia del Chaco y que impliquen el desplazamiento de personas con fines religiosos.
ARTÍCULO 2°: La presente ley tendrá como objetivos:
a) Dimensionar el turismo religioso en la Provincia detallando el patrimonio histórico y el aporte que hace el sector a la economía de la Provincia.
b) Establecer los mecanismos adecuados para evolucionar el sector de servicios turísticos relacionados al turismo religioso.
c) Mejorar la infraestructura relacionada a sitios históricos y servicios.
d) Generación e integración de rutas con marca, producto y señalética relacionada con el turismo y la logística necesaria para llevar adelante las manifestaciones religiosas.
ARTÍCULO 3°: Establecer la coordinación con los municipios, para la aplicación y cumplimiento de los objetivos de esta ley a los efectos de determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos de tipo religioso, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares donde se efectúan las actividades.
ARTÍCULO 4°: Invítase a los municipios de la Provincia a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 5°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente al Instituto de Turismo del Chaco, quien deberá solicitar las adecuaciones pertinentes a partir de la presente ley.
ARTÍCULO 6°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual