Establecieron Juzgados de Primera Instancia


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    LEY 4.168-M
    RESISTENCIA, 28 de Mayo de 2025
    Boletín Oficial, 18 de Junio de 2025
    Vigente, de alcance general
    Juzgado de primera instancia, competencia civil y comercial

    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1°: Créanse en la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, los Juzgados de Primera Instancia N° 3 y Juzgados de Primera Instancia N° 4 con competencia en materia civil y comercial, los cuales detentarán idéntica competencia territorial y material que los Juzgados de Primera Instancia Civil y Comercial N° 1 y N° 2 de dicha ciudad.

    ARTÍCULO 2°: Los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial creados por esta ley, tendrán su asiento funcional en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña.

    ARTÍCULO 3°: Cada Juzgado creado por esta ley funcionará con un Juez de Primera Instancia, dos Secretarios, dos Prosecretarios y la dotación de personal que les asigne el Superior Tribunal de Justicia, con notificación al Consejo de la Magistratura a los efectos de efectuar la convocatoria a concurso público de antecedentes y oposición para las respectivas designaciones.

    ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará a la Jurisdicción 09: Poder Judicial, de acuerdo con su naturaleza.

    ARTÍCULO 5°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

    (*)ARTÍCULO 4°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

    (*)Numeración y texto conforme Boletín Oficial.

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