Autorizaron al Gobernador una realizar la donación de un inmueble


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    LEY 6.461
    SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Mayo de 2025
    Boletín Oficial, 6 de Junio de 2025
    Vigente, de alcance general
    Inmuebles, donación

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a transferir en propiedad y a título de Donación a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, el inmueble individualizado como Padrón A-92194, Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 13, Parcela 15, cuyo titular dominial es el Estado Provincial.

    ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

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