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- DECRETO 845/2025
- PARANA, 28 de Abril de 2025
- Boletín Oficial, 26 de Mayo de 2025
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Apruébase para el presente año 2025 el Programa denominado "TRANSFORMANDO COMUNIDADES", con sus Anexos I, II, III, IV y V - IF-2025-00000510-GER-DGD#MDH - que adjunto forma parte integrante del presente, el cual consiste en la presentación de iniciativas populares que mejor en la realidad social de su barrio, seleccionándose las mejores propuestas, a las cuales se les brindarán los fondos necesarios para su ejecución, detallándose en el mismo sus objetivos, modalidad e implementación, como así también sus especificaciones de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente, el cual será ejecutado a través de la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales y la selección de los proyectos a cargo del Equipo Técnico de la misma, conforme lo expresado en los considerandos del presente.-
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Humano a invertir hasta la suma total de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000,00.-), en la ejecución del Programa "TRANSFORMANDO COMUNIDADES" con sus anexos I, II, III, IV y V, durante el Ejercicio Presupuestario 2025, y a disponer la aprobación y pago de las sumas que correspondan a favor de las propuestas seleccionadas por el organismo ejecutor, mediante el dictado de Resoluciones de la Sra. Ministra del área, con cargo de rendir cuenta ante el TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.-
ARTÍCULO 3°.- Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del Presupuesto vigente: DA 959 - Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 25 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 03 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiación 11 - Subfuente de Financiación 0001 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 4 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.-...$ 250.000.000,00.- DA 959 - Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 25 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 03 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiación 11 - Subfuente de Financiación 0001 - Inciso 5 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.-..$ 250.000.000,00.-
ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la Dirección General Administrativo Contable Jurisdiccional, a emitir Ordenes de Pago con sus respectivas Solicitudes de Fondos ante la Tesorería General de la Provincia y a efectuar los pagos pertinentes.-
ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales será responsables de que las personas y/o proyectos seleccionados y/o que resulten beneficiarios cumplan con la totalidad de los requisitos y condiciones previstas, como así también del resguardo de la documental exigida y de efectuar las rendiciones pertinentes.-
ARTÍCULO 6°.- Facúltase a la titular del Ministerio de Desarrollo Humano a dictar las reglamentaciones que crea correspondiente referidas a la forma, condiciones y requisitos que deben cumplir las propuestas seleccionadas y que aspiren a ser beneficiarias del programa, las que deberán ser cumplimentadas por la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales, o la que en el futuro la reemplace en la ejecución del mismo.-
ARTÍCULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por la SEÑORA MINISTRA SECRETARIA DE ESTADO DE DESARROLLO HUMANO. -
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General Administrativo Contable de la Jurisdicción y cumplido archívese. -
Programa "TRANSFORMANDO COMUNIDADES" Fortalecimiento de acciones comunitarias 1. Fundamentación El Programa Transformando Comunidades acompaña a las comunidades en sus búsquedas y proyecciones, a través del apoyo a acciones comunitarias y de contenido solidario, que fomentan la integración de los individuos, respetando sus saberes, tiempos y deseos. Mediante este incentivo, buscamos que aquellas pequeñas acciones locales, sean experiencias multiplicadoras para una continua construcción de los lazos sociales, promoviendo el compromiso y la participación.
La inclusión social y el fortalecimiento del tejido social son de suma importancia para integrar a los diferentes actores de la sociedad para fortalecer las redes sociales y fomentar un entorno de cooperación y solidaridad, con esto podemos fomentar la participación activa de los miembros de la comunidad en la toma de decisiones y en la ejecución de cada proyecto para poder potenciar la cohesión social y el sentido de pertenencia.
Con el programa buscamos generar cambios positivos con un impacto duradero, no solo a corto plazo, sino asegurar que las soluciones implementadas sean sostenibles y continúen beneficiando a las comunidades a largo plazo, siendo esto necesario para mejorar el bienestar general de la comunidad.
Entendiendo además que el trabajo en las comunidades no sólo se fortalece financiando iniciativas, sino que consideramos necesario complementar dicha acción con espacios de encuentro, reflexión y co-construcción sobre las implicancias del trabajo comunitario y de las intervenciones en los territorios.
2. Objetivos 2.1. Objetivo General o Fortalecer la construcción y sostenimiento de experiencias comunitarias desde una mirada integral. Apoyando la ejecución de proyectos que mejoren la calidad de vida de sus miembros, fomenten la participación activa y fortalezcan la cohesión social.
o 2.2. Objetivos Específicos o Apoyar iniciativas y proyectos diseñados por actores territoriales, individuales o colectivos, tendientes a generar o sostener espacios de construcción comunitaria.
o Generar espacios de diálogo e intercambio de saberes con y entre actores de las comunidades y gobiernos locales, en vistas a fortalecer el trabajo colaborativo de los territorios.
3. Población La presente propuesta programática pretende trabajar con actores de las comunidades circunscritas en la provincia de Entre Ríos, sean éstos individuales o colectivos, debiendo, en este último caso, realizar las actuaciones correspondientes a través de una persona designada como responsable.
De manera complementaria, se instrumentarán acciones que involucren a las áreas de Desarrollo Social (o similares) de los gobiernos locales, en instancias de formación que permitan construir marcos de sentidos comunes para comprender y abordar el trabajo comunitario.
4. Líneas de trabajo Con la premisa de que son los habitantes de las comunidades quienes conocen las particularidades de los territorios que co-construyen, esta línea de trabajo se establece como una herramienta de acompañamiento en sus búsquedas y proyecciones, a través del apoyo a acciones comunitarias y de contenido solidario, que fomentan la integración, respetando sus saberes, tiempos y deseos. Mediante este incentivo, buscamos que aquellas pequeñas acciones locales, sean experiencias multiplicadoras para una continua construcción de los lazos sociales, promoviendo el compromiso y la participación. Buscando priorizar las iniciativas que impliquen una mejora para las comunidades de mujeres, primera infancia y niñez.
Operativamente, esta línea de trabajo estará centrada en la recepción de iniciativas gestadas desde y para las comunidades, traducidas en proyectos. Las mismas, podrán ser obra de actores individuales o grupos, que actuarán frente a esta Dirección a través de un responsable. En todos los casos, el proyecto deberá estar acompañado por un aval, emitido por un actor institucional u organización formalmente constituida, con quien comparta el territorio de influencia, tenga proximidad geográfica o afinidad temática (No necesariamente pertenezca a la misma localidad pero sí que se afín a la temática y pueda justificar el conocimiento del proyecto), que dé cuenta de la labor y objetivos de quienes se encuentran involucrados/as en la potencial iniciativa.
Es importante señalar que, si bien se trabajará con apertura irrestricta respecto a los temas elegidos por las comunidades, se priorizarán las siguientes áreas temáticas:
o Ambiente o Autonomía para la independencia y autogestión de recursos o Cultura y comunidad o Inclusión social o Educación y oficios o Escuelas deportivas barriales y comunitarias o Salud mental comunitaria o Seguridad y Soberanía alimentaria El financiamiento solicitado puede ser de hasta $ 2.000.000 (pesos dos millones).
Como se dijo, se recibirán todas las propuestas gestadas por actores comunitarios, pudiendo aprobarse proyectos que, por su carácter innovador o de fuerte arraigo en la comunidad, excedan el listado de temas precedente.
4.1. Herramientas para co-crear aprendizajes El trabajo en las comunidades no sólo se fortalece financiando iniciativas emergentes, sino que consideramos necesario complementar dicha acción con espacios de encuentro, reflexión y co-construcción sobre las implicancias del trabajo comunitario y de las intervenciones en los territorios.
4.2. Encuentros temáticos de formación Como propuestas transversales, se trabajará sobre formulación de proyectos, por un lado, y sobre rendición de cuentas, por el otro. En este sentido, se pensaron espacios diferenciados para actores comunitarios ("Formulación de proyectos (o cómo traducir una idea en acción" y "ABC para la rendición de recursos públicos: por qué, cómo, cuándo y dónde rendir") 5. Marco Operativo El Programa estará a cargo de la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales durante el año 2025. La aprobación de los proyectos seleccionados por la Dirección, luego del proceso de evaluación realizado por el equipo técnico, dará origen a transferencias directas que permitan financiar las iniciativas propuestas. En este sentido, el trámite administrativo que posibilite la reserva y la emisión de las órdenes de pago correspondientes, se iniciará desde la Dirección con los listados de los proyectos que fueran seleccionados, al que se adjuntará: una ficha única de evaluación por cada proyecto; copia del DNI de los titulares; comprobante de CBU/CVU, su respectiva constancia. Dicho trámite se elevará a la Secretaría de Articulación de Política Social, para luego dar intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, a la Dirección General de Administración y la Contaduría General de Provincia. El trámite culminará con el dictado de la Resolución Ministerial que ratifique los listados en todos sus términos y autorice los pagos y/o transferencias a favor de cada titular.
La documentación requerida por el Programa y presentada por los responsables de cada proyecto, quedará en resguardo y bajo custodia de la Dirección, siendo responsabilidad de ésta el cumplimiento de los requisitos establecidos. Dentro de dicha documentación, se solicitará:
- Nota de solicitud de aprobación del proyecto (ver modelo en Anexo I) firmada por el titular.
- Proyecto (por medio digital o impreso, ver modelo en Anexo II) y presupuesto/s respaldatorio/s.
- Nota firmada por el titular donde autoriza a realizar el depósito en cuenta bancaria (ver modelo en anexo III).
- Copia de DNI del titular.
- Constancia de CBU/CVU del titular.
- Nota de aval (ver modelo en anexo IV).
- Declaración Jurada de domicilio real o de ejecución del proyecto (para los casos en los que no haya coincidencia entre la localidad del dni de la persona responsable y la de ejecución del proyecto, ver modelo en anexo V).
En relación a la inversión de los fondos, el programa financiará los recursos que se detallan a continuación:
- Materiales, útiles, insúmos - Bienes muebles - Servicios y honorarios - Publicaciones gráficas, digitales, audiovisuales, multimedia De acuerdo a las particularidades de cada proyecto, se evaluará la distribución de los fondos en los recursos a financiar por proyecto, existiendo la posibilidad de considerar otro tipo de recursos no detallados en la presente.
Los proyectos pueden ser presentados por personas individuales o grupos, debiendo, en este último caso, gestionarlo mediante un responsable o representante para las acciones a realizar ante este Ministerio. Las presentaciones deberán realizarse según el Modelo de Presentación de Proyecto -Anexo II-, sin ser éste una pauta rígida, de modo contrario son una guía para su conformación.
5.1. De la Evaluación y Selección La evaluación y selección, a cargo de la Dirección, se guiará por los siguientes criterios:
- Admisibilidad: Identificar la validez respecto al origen de la iniciativa, así como a la presentación de la documentación requerida. Componentes: a) Origen de la iniciativa. Observar a la persona responsable y/u organización o institución en la que se enmarca. Sólo se trabajará con actores (individuales o colectivos) de las comunidades, no con instituciones estatales o gubernamentales y/o conformadas jurídicamente; b) Presentación de la documentación requerida (que esté completa y sea válida).
- Pertinencia: Identificar si el proyecto se enmarca en los objetivos del Programa. Componentes: a) Grado en que el problema planteado se ajusta a las líneas preferenciales definidas por la Dirección en las Áreas temáticas prioritarias; b) Impacto social previsible, en cuanto aporte -directo o indirecto- a la solución de problemas de nuestra sociedad.
- Calidad: Observar con detenimiento el contenido, forma y requerimientos del proyecto. Componentes: a) Formulación del problema (claridad de la formulación, especificidad de la formulación, por oposición a formulaciones demasiado generales y vagas); b) Arraigo en la comunidad (Trayectoria en el trabajo comunitario, vínculo con otros actores, capacidad de determinar claramente el lugar donde se emplaza y la población destinataria); c) Innovación/Novedad (rasgos destacables de la iniciativa por su carácter extraordinario o poco común, sea por enfoque, actividades, temas, etc.); d) Factibilidad (teniendo en cuenta la duración del proyecto, la naturaleza de las actividades propuestas, los resultados esperados, recursos disponibles y el presupuesto solicitado).
5.2. De la rendición Respecto a la rendición, ésta constará de dos partes. Por un lado, la administrativa-contable, que se realizará de acuerdo a las pautas previstas por el Tribunal de Cuentas de la provincia (Acordada N° 271/14), la misma deberá ser presentada de manera personal por cada titular ante el mencionado organismo. Dentro de los 60 (sesenta) días corridos de recibidos los fondos deberá presentar ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia: a) Acordada Tribunal de Cuentas de la Provincia N° 271/14; b) Comprobantes de los gastos efectuados a los fines del proyecto, estos deberán ser comprobantes válidamente emitidos (tickets, facturas tipo B o C) según Resolución Gral. AFIP N° 1415. No se admitirán recibos, remitos, comprobantes no válidos como factura. En la misma deberá constar el número de DNI del titular.
Por otro lado, también deberán cumplimentar con el envío de "Relatos sobre el proceso comunitario", para dar cuenta del proceso emprendido, ilustrar las actividades ejecutadas y su impacto en la comunidad. Deberá remitirse a la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales, en un plazo de 90 días, con el objetivo de poder comprobar la fehaciente ejecución del proyecto, debiendo adjuntarse la constancia de rendición administrativa-contable realizada frente al Tribunal de Cuentas de la Provincia. Para este punto, resulta posible instrumentar medios digitales de envío y recepción.
Ante el no cumplimiento de la rendición en los plazos y condiciones establecidos, no se beneficiará al titular responsable de otros programas a nivel ministerial, hasta tanto cumpla con esta rendición. En cuanto a los recursos que se adquieran con los fondos del programa, el Ministerio podrá disponer de los recursos financiados por el programa si es que se limita su uso comunitario.
6. Presupuesto Para el presente ejercicio presupuestario 2025 se contempla la ejecución de proyectos, ajustándose a un total de inversión anual de: $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al siguiente detalle: Programa 25.03 - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 4, $ 250.000.000 para gastos corrientes y Programa 25.03 - Inciso 5 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1, $ 250.000.000 para gastos de capital.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda