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- DECRETO 854/2025
- PARANA, 30 de Abril de 2025
- Boletín Oficial, 27 de Mayo de 2025
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Apruébese y pónese en vigencia con efecto a partir del día 10 de abril del 2025 la ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERIOR y de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, y de la COORDINACIÓN DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMICS) dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL, conforme se detalla en las MISIONES, FUNCIONES, RELACIONES DE DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA y ESTRUCTURAS ORGÁNICAS y en los ORGANIGRAMAS que, agregados como ANEXO I (IF-2025-00000517- GER-DGD#MDE) y Anexo II (IF-2025-00000542-GER-DGD#MDE), respectivamente, forman parte de la presente Norma Legal, de conformidad con los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE DESARROLLO ECONÓMICO.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
ANEXO I - MISIONES, FUNCIONES, RELACIONES DE DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERIOR MISIÓN Asistir al/a la Señor/a SECRETARIO/A DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA en el desarrollo y ejecución de políticas que consoliden el comercio interior, especialmente el de bienes y servicios generados en la Provincia, que apoyen la convergencia hacia los nuevos modelos de comercialización y que promuevan la modernización comercial.
FUNCIONES 1. Promover la reactivación, crecimiento y desarrollo de la actividad comercial en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos.- 2. Ejecutar políticas que asistan a la comunidad empresarial en su esfuerzo por comercializar con eficiencia sus productos en el ámbito regional y nacional.- 3. Contribuir a la sostenibilidad y crecimiento de las fuentes de trabajo en la Provincia de Entre Ríos, a través del desarrollo y ejecución de políticas públicas que consoliden el comercio interior en general y especialmente el de bienes y servicios generados en la Provincia, en el ámbito local, regional y nacional.- 4. Detectar y promover áreas comerciales.- 5. Contribuir a mejorar los canales de comercialización y distribución de consumo masivo.- 6. Impulsar la apertura de nuevos mercados a nivel regional y nacional para obtener en el sector comercial un nivel óptimo de productividad y desarrollo.- 7. Acompañar y asistir al empresario en la participación de ferias comerciales y rondas de negocios en el ámbito nacional.- 8. Instrumentar estrategias de capacitación a comerciantes en las temáticas que puedan promover a futuro la inserción de nuevos rubros y negocios, así como fortalecer los existentes.- 9. Coordinar con las reparticiones provinciales y gobiernos municipales la aplicación de regímenes y normas vigentes a fin de lograr una acción coherente y efectiva en todo el territorio provincial en materia de comercialización y distribución de mercaderías y productos de consumo.- 10. Elaborar normas de comercialización y vigilar el cumplimiento de la legislación vigente en la materia.- RELACIÓN DE DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA La DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERIOR depende directamente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, manteniendo relación directa con representantes del sector público y privado en lo que respecta al cumplimiento de sus misiones y funciones, salvo cuando el/la Señor/a SECRETARIO/A DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA deba emitir opinión ante organismos del Poder Ejecutivo de su mismo nivel jerárquico.- ESTRUCTURA ORGÁNICA La DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO INTERIOR, se encuentra integrada por:
1. Director General de Comercio Interior.- DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL MISIÓN Asistir al/a la Señor/a SECRETARIO/A DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA en lo referente a la promoción de condiciones que conduzcan al desarrollo equilibrado y sustentable del consumo y la mejora de calidad de vida de nuestro pueblo, funcionando en todos los ámbitos de la provincia, promoviendo la cultura de derechos y obligaciones que se afianzan a partir de una comunidad que se informa, los conoce, los ejerce y se organiza para defenderlos.
FUNCIONES 1. Proteger los derechos del consumidor en toda la Provincia de Entre Ríos y velar por el fiel cumplimiento de las leyes, decretos y resoluciones que regulan el comercio ya sea de carácter nacional o provincial.- 2. Controlar, vigilar y sancionar las conductas que vulneren las normas de las que es autoridad de aplicación, intervenir en relaciones de consumo, educar, asesorar y brindar información necesaria para un consumo responsable a todos los actores del mercado.- 3. Promover las condiciones que conduzcan al desarrollo equilibrado y sustentable del consumo y a la mejora en la calidad de vida de la población.- 4. Brindar un ámbito donde los consumidores y los proveedores encuentren un espacio de diálogo para resolver sus diferencias, siendo el objetivo fundamental del sumario administrativo ante la Autoridad de Aplicación el de la conciliación voluntaria de los intereses de las partes de acuerdo a las previsiones de la ley, en forma rápida, eficaz y sin gastos para el consumidor o usuario.- 5. Adoptar o promover las medidas adecuadas, necesarias y conducentes para suplir o equilibrar las situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión en que pueda encontrarse individual o colectivamente el consumidor o usuario.- 6. Participar en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos de los consumidores.- 7. Ejercer las facultades dispuestas en la Ley N° 8.973 vinculadas a las Leyes nacionales N° 24.240 de Defensa del Consumidor, Ley N° 19.511 de Metrología legal, Ley N° 20.680 de Abastecimiento y Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/19 PEN de Lealtad Comercial, y las que en el futuro las reemplacen en la materia.- 8. Supervisar la sustanciación de los sumarios administrativos producto de las infracciones de las citadas leyes.- RELACIÓN DE DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA La DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL depende directamente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, manteniendo relación directa con representantes del sector público y privado en lo que respecta al cumplimiento de sus misiones y funciones, salvo cuando el/la Señor/a SECRETARIO/A DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA deba emitir opinión ante organismos del Poder Ejecutivo de su mismo nivel jerárquico.- ESTRUCTURA ORGÁNICA La DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL se encuentra integrada por:
2. Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.- 3. COORDINACIÓNDELASOFICINASMUNICIPALESDEINFORMACIÓNAL CONSUMIDOR (OMICS).- COORDINACIÓN DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC) MISIÓN Asistir al/a la SEÑOR/A DIRECTOR/A GENERAL DE COMERCIO INTERIOR, DEFENSA DELCONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL a los efectos de lograr un correcto funcionamiento y sincronización de las políticas a desarrollarse en las diferentes OMIC distribuidas en la Provincia, como así también supervisar la aplicación de las facultades delegadas a las mismas.
FUNCIONES 1. Asistir al/ a la Señor/a DIRECTOR/A GENERAL DE COMERCIO INTERIOR, DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL en lo que respecta al relevamiento del estado de situación del funcionamiento de las OMIC.- 2. Supervisar los expedientes administrativos remitidos por cada una de las OMIC.
3. Instrumentar estrategias de capacitación al personal de las OMIC.
4. Evaluar y, si correspondiere, intervenir en la atención al público que prestan cada una de las OMIC.- RELACIÓN DE DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA? La COORDINACIÓN DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMICS) depende directamente de la DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL, manteniendo relación directa con representantes del sector público y privado en lo que respecta al cumplimiento de sus misiones y funciones, salvo cuando el/la Señor/a DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL deba emitir opinión ante organismos del Poder Ejecutivo de su mismo nivel jerárquico.- ESTRUCTURA ORGÁNICA La COORDINACIÓN DE LAS OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMICS) se encuentra integrada por:
1. Coordinador/a de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICS).- DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL Nancy Edith Velázquez, Directora General
ANEXO II
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda