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- DECRETO 1.224/2020
- SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 17 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Dispóngase que los ciudadanos jujeños o no, provenientes del exterior o de otras provincias del territorio argentino y los extranjeros que por circunstancias excepcional ingresen a esta Provincia, que estuvieren cumpliendo con el "aislamiento, social, preventivo y obligatorio" en los lugares determinados por el Comité Operativo de Emergencia, y resultaren positivo para coronavirus (COVID-19) conforme test practicado sobre su persona, deberán continuar con el aislamiento en los lugares que disponga el Gobierno de la Provincia a través del Ministerio de Salud y el Comité Operativo de Emergencias, hasta el otorgamiento del alta.
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia; Salud; Cultura y Turismo y Seguridad.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente para conocimiento de los Ministerios de Salud; Cultura y Turismo y Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual