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- DECRETO 266/2020
- CIUDAD DE BUENOS AIRES, 20 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 22 de Julio de 2020
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2º.- Desígnase como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 3.396 al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción."
Artículo 2°.- Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 359/10, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4º.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción para dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la implementación de la Ley N° 3.396."
Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual