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- LEY 10.753
- LA RIOJA, 3 de Octubre de 2024
- Boletín Oficial, 5 de Noviembre de 2024
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º.- Declárase el Estado de Emergencia en la Prestación del Servicio de Energía Eléctrica en la Provincia, desde la entrada en vigencia de la presente Ley hasta el día 31 de diciembre del año 2024.
Artículo 2º.- En virtud de lo preceptuado en el artículo anterior, facúltase a la Función Ejecutiva a dictar las medidas que estime pertinentes a fin de garantizar a la población el suministro de energía eléctrica, las que deberán priorizar la continuidad y calidad del servicio público.
Artículo 3º.- La Función Ejecutiva podrá realizar las reasignaciones y readecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para atender las erogaciones que demanden las medidas adoptadas en la presente ley.
Artículo 4º.- La Función Ejecutiva podrá encomendar al Ministerio de Agua y Energía la realización de tramitaciones y/o actos específicos, con fines de atender el cumplimiento de los objetivos indicados en la presente ley.
Artículo 5º.- La Función Ejecutiva podrá prorrogar la presente ley por el término de un (1) año, con comunicación a la Función Legislativa.
Artículo 6°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual