Crearon el Programa de Impulso y Fomento a empresas de base tecnológica


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    LEY 9.805
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 26 de Septiembre de 2024
    Boletín Oficial, 15 de Octubre de 2024
    Vigente, de alcance general
    Empresa, fomento industrial

    La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:

    Artículo 1°.- Créase el Programa de Impulso y Fomento a empresas o asociaciones de empresas de base tecnológica, programa que será controlado y conducido por el Instituto de Desarrollo Productivo (IDEP).

    Art. 2°.- Se denominan Empresas de Base Tecnológica (EBTs) a aquellas empresas que, reguladas por el Código Civil y Comercial de la Nación y por la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 y modificatorias, tienen por objeto y basan su actividad en la aplicación de nuevos descubrimientos científicos o tecnológicos para la generación de nuevos productos, procesos o servicios, o que mejoran sustancialmente los existentes.

    Se denomina coworking o cotrabajo a aquella forma de trabajo que permite a personas físicas compartir un mismo espacio laboral, tanto físico como virtual, para desarrollar sus proyectos de manera independiente, a la vez que fomentan proyectos conjuntos.

    Se denomina Tecnología de la Información (TI) al conjunto de conocimientos, herramientas y soluciones tecnológicas que permiten ordenar, optimizar y potenciar los procesos de información y comunicación, tales como plataformas, ordenadores, televisión digital, correo electrónico, software, sitios web, servidores y otros que almacenen, recuperen, manipulen, transmitan o reciban información en forma digital.

    Art. 3°.- Las Empresas de Base Tecnológica, que con sus actividades creen nuevos puestos de trabajo, podrán acceder a los beneficios fiscales contenidos en la Ley N° 9629 (Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento de Tucumán) con idénticas exigencias y obligaciones en todo aquello que por sus actividades les correspondiere.

    Art. 4°.- El Programa creado en el Artículo 1° consiste en:

    a.- Promover y potenciar las empresas o asociaciones de empresas de base tecnológica, sean personas físicas o jurídicas, que se encuentren radicadas o se radiquen en la Provincia de Tucumán y que mediante el diseño, desarrollo, elaboración, mantenimiento y actualización de sus actividades creen nuevos puestos de trabajo e incrementen la producción.

    b.- Desarrollar espacios de coworking para fomentar y facilitar la colaboración, interacción e intercambio de ideas entre los diferentes emprendedores, ofreciendo áreas comunes, salas de reuniones, zonas para eventos, etc.

    c.- Facilitar el acceso a la infraestructura de Tecnología de la Información (TI) como herramienta estratégica para poder desplegar ideas y proyectos.

    d.- Informar a las empresas de base tecnológica acerca de los trámites para acceder a los beneficios fiscales enunciados en la Ley N° 9629.

    Art. 5°.- Comuníquese.

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