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- LEY 3.881
- RIO GALLEGOS, 22 de Agosto de 2024
- Boletín Oficial, 15 de Octubre de 2024
- Vigente, de alcance general
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1.- Adhesión. ADHIÉRESE en todos sus términos la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 27.711, que establece la eliminación de la renovación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) en los casos de discapacidad funcional, permanente e irreversible, tal como dispone el artículo 3° de la Ley Nacional 22.431, en su texto actualizado.-
Artículo 2.- Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Salud y Ambiente o el organismo que en el futuro lo reemplace, quien deberá dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación de la presente Ley, simplificando los trámites asociados a la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD).-
Artículo 3.- Reglamentación. El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor a sesenta (60) días a partir de su promulgación.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.-
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual