Jubilaciones y pensiones contributivas


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    DECRETO 2.324/2024
    LA PLATA, 11 de Octubre de 2024
    Boletín Oficial, 24 de Octubre de 2024
    Vigente, de alcance general
    Haber mínimo jubilatorio, jubilaciones y pensiones, instituto de previsión social

    ARTÍCULO 1°. Establecer, a partir del 1º de marzo de 2024, en la suma de pesos ciento diez mil ($110.000) el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

    ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, y a los porcentuales fijados en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/22, a partir del 1° de marzo de 2024 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos sesenta y seis mil ($66.000) y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos cuarenta y cuatro mil ($44.000).

    ARTÍCULO 3°. Encomendar al Instituto de Previsión Social la implementación de las medidas conducentes para aplicar la movilidad señalada, liquidando y abonando en su caso, los complementos correspondientes para los beneficios alcanzados por lo dispuesto en los artículos precedentes.

    ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo, Economía y Gobierno.

    ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA y pasar al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.

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