Aprobaron un Acuerdo para el financiamiento del Acueducto Interprovincial Santa Fe - Córdoba


    Volver al boletín
    DECRETO NACIONAL 874/2024
    BUENOS AIRES, 1 de Octubre de 2024
    Boletín Oficial, 2 de Octubre de 2024
    Vigente, de alcance general
    Contrato de préstamo, Córdoba, SANTA FE, acueductos

    ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Acuerdo de Garantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO SAUDITA PARA EL DESARROLLO (SFD) que consta de ONCE (11) artículos, en idioma inglés y su traducción al idioma español, que como ANEXO I (IF-2024-74155712-APN-SSRFI#MEC) forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los Modelos de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los Gobiernos de las Provincias de CÓRDOBA y de SANTA FE que constan de OCHO (8) artículos cada uno, adjuntos como ANEXO II (IF-2024-74155621-APN-SSRFI#MEC) y ANEXO III (IF-2024-74155480-APN-SSRFI#MEC), respectivamente, que forman parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o funcionarios que este designe, a suscribir el Acuerdo y los Contratos cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° del presente decreto.

    ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o funcionarios que este designe, a convenir y/o suscribir modificaciones al Acuerdo y a los Contratos cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, ni al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 5°.- Facúltase al señor Ministro de Economía a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Acuerdo de Garantía y aquellos requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo N° 01/810 suscripto entre los Gobiernos de las Provincias de CÓRDOBA y de SANTA FE y el FONDO SAUDITA PARA EL DESARROLLO (SFD).

    ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

    ANEXO III

    Más Decretos Nacionales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...