Instituyeron el Día del Cultivo Hidropónico


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    LEY 4.070-I
    RESISTENCIA, 14 de Agosto de 2024
    Boletín Oficial, 9 de Septiembre de 2024
    Vigente, de alcance general
    Conmemoraciones, cultivos hidropónicos

    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1º: Institúyese el día 30 de agosto de cada año como el Día del Cultivo Hidropónico, en honor al nacimiento del profesor William Frederick Gericke de la Universidad de California en Berkeley, considerado el padre de la agricultura sin suelo, lo que se conoce como cultivo hidropónico.

    ARTÍCULO 2°: Incorpórase esta fecha en el calendario turístico provincial o en el lugar de difusión que disponga el organismo competente, para fomentar su desarrollo y promoción.

    ARTÍCULO 3°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

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