Crearon la Comisión Asesora Canal Magdalena


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    DECRETO 1.249/2024
    LA PLATA, 27 de Julio de 2024
    Boletín Oficial, 30 de Julio de 2024
    Vigente, de alcance general
    Dragados, obras públicas, obras de canalización

    ARTÍCULO 1°. Crear, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, la "Comisión Asesora Canal Magdalena" con el objeto de generar un espacio provincial de estudio, debate e intercambio de conocimiento en materia de soberanía nacional, defensa, transporte y su vinculación con la puesta en valor del Canal Navegable Magdalena.

    ARTÍCULO 2°. La "Comisión Asesora Canal Magdalena" estará integrada por representantes de los Ministerios de Gobierno y de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y por representantes de las diferentes partes interesadas en materia de soberanía nacional, defensa y transporte. Sus miembros deberán acreditar idoneidad en la materia, ejercerán su función de asesoramiento y apoyo técnico con carácter ad-honorem y serán designados por el/la Ministro/a de Gobierno.

    ARTÍCULO 3°. La Comisión creada en el artículo precedente tendrá entre sus funciones:

    a. Desarrollar propuestas y planes de acción coordinados con las diferentes partes interesadas para la utilización del Canal Magdalena.

    b. Asesorar en la realización de las obras de dragado del canal, así como el traslado de la compuerta para Puerto Belgrano, el traslado de lanchas de instrucción para cadetes, el balizamiento y colocación de señales y cualquiera otra obra; además de propiciar acciones y reclamos tendientes a evitar políticas orientadas al desmedro de la soberanía nacional.

    c. Coadyuvar al desarrollo del Canal Magdalena mediante la profundización de las relaciones con las diferentes partes interesadas, promoviendo el impulso de políticas tendientes a profundizar la soberanía, favorecer la defensa nacional y garantizar el transporte fluvial.

    d. Propiciar actividades de formación, capacitación y concientización respecto de la importancia del dragado del Canal Magdalena.

    e. Brindar asesoramiento en tareas de desarrollo de la actividad portuaria y de servicios conexos a la navegación en la Provincia de Buenos Aires.

    f. Fomentar encuentros y/o foros con expertos.

    ARTÍCULO 4°. Facultar al Ministerio de Gobierno a dictar las normas interpretativas, complementarias, aclaratorias y/o reglamentarias que resulten necesarias para la implementación de la "Comisión Asesora Canal Magdalena".

    ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y Gobierno.

    ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

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