Ley 64 de CHUBUT


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    LEY XXIII 64
    RAWSON, 8 de Mayo de 2024
    Boletín Oficial, 24 de Mayo de 2024
    Vigente, de alcance general
    Deportes, conmemoraciones, promoción del deporte, competencias deportivas

    La Legislatura de la Provincia de Chubut sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Declarar a la ciudad de Esquel "Capital Provincial del Turismo Deportivo".

    Artículo 2°.- Remitir copia a la Municipalidad de la ciudad de Esquel y al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Esquel.

    Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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