Es válida la intimación al imputado para que indique sus datos para realizar la indagatoria a través de Zoom


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    Corresponde declarar la concesión errónea del recurso interpuesto por la defensa del imputado contra la decisión que determinó habilitar la feria extraordinaria e intimar al imputado a proporcionar su número de teléfono celular o correo electrónico a efectos de materializar la indagatoria dispuesta a través de la aplicación "Zoom", dado que la decisión carece de entidad para generar un gravamen irreparable en los términos del art. 449 del Código Procesal Penal, pues se trata de materializar la convocatoria del imputado para que ejercite su primer acto personal de defensa.
    SENTENCIA
    16 de Junio de 2020
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 07
    Magistrados: Juan Esteban Cicciaro - Mariano A. Scotto
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    Carátula: Rocatagliata, F. C. y otro s/ estafa

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