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- LEY 8.413
- SALTA, 7 de Diciembre de 2023
- Boletín Oficial, 10 de Enero de 2024
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Incorpórase como último párrafo del artículo 3º de la Ley 7.934 - Reglamentación del Derecho de Admisión en Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"No puede alegarse como causal de negativa, obstrucción, restricción o menoscabo del derecho a la asistencia regular a clases y actividades institucionales y pedagógicas durante el período lectivo en curso, la falta de pago de cuotas o aranceles."
Art. 2º.- Incorpórase como artículo 3º bis de la Ley 7.934 - Reglamentación del Derecho de Admisión en Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 3º bis.- Prohíbase a los Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, retener o no entregar boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial de alumnos/as que registren morosidad en el pago de cuotas o aranceles."
Art. 3º.- Incorpórase como artículo 3º ter de la Ley 7.934 - Reglamentación del Derecho de Admisión en Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 3º ter.- Prohíbase en los Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, actos u omisiones de hostigamiento, exclusión y discriminación motivados en la morosidad en el pago, de cuotas o aranceles. A los efectos del presente artículo, se considera acto discriminatorio publicar por cualquier medio la deuda en concepto de cuotas o aranceles del alumnado, debiendo gestionar el cobro de los mismos exclusivamente con padres, madres, tutores o representantes legales."
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual