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- LEY 8.416
- SALTA, 28 de Diciembre de 2023
- Boletín Oficial, 10 de Enero de 2024
- Vigente, de alcance general
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Prorrógase para el Ejercicio Presupuestario 2.024 el Presupuesto General Ejercicio 2.023, Ley Provincial 8.363, que regirá para la Administración Central y Organismos Descentralizados que se consolidan presupuestariamente, Organismos Autárquicos, Sociedades y Empresas del Estado.
Art. 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a adecuar los créditos presupuestarios previstos en la Ley Provincial 8.363 a la apertura jurisdiccional y normativa prevista en la Ley Provincial 8.171 y sus modificatorias, Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado, dictando toda la normativa pertinente para el cumplimiento de la presente.
Art. 3º.- Dispónese, a los efectos de asegurar la prestación de los servicios y la continuidad del plan de trabajos públicos, que el Poder Ejecutivo deberá contemplar los créditos presupuestarios que permitan la prosecución de obras ya iniciadas y la habilitación de nuevas obras que se consideren prioritarias para el bienestar y seguridad de la población, como así también para la implementación de programas cuya ejecución revista carácter de indispensable.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual