La Cámara del Trabajo dicta una nueva medida cautelar suspendiendo las reformas laborales del DNU 70/2023


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    Cabe rechazar la acción de amparo deducida por una asociación sindical a efectos que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, dado que la actora cuestiona la norma con argumentaciones meramente conjeturales en orden a supuestas dilaciones que pudieran producirse, y por ello el reclamo cautelar es improcedente por cuanto no se exhiben las razones de gravedad y objetivamente impostergables a las que hace referencia el artículo 4 inc. 1, párrafo tercero, de la Ley 26.854 para acceder a lo pretendido. Asimismo, la accionante no alcanza a acreditar en autos la existencia o caso de controversia para habilitar la actuación judicial en los términos del art. 116 de la C.N.
    SENTENCIA
    28 de Diciembre de 2023
    JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO 60. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Alicia Noemí Pucciarelli
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    Carátula: Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina CTA c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo s/ acción de amparo

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