Ley 3562 de LA PAMPA


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    LEY 3.562
    SANTA ROSA, 19 de Octubre de 2023
    Boletín Oficial, 17 de Noviembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    Artículo 1°: Declárase deportes provinciales a la práctica de la Chueca y el Lekaytun ("boleadas o boleadoras").

    Artículo 2°: Establecer que el Poder Ejecutivo Provincial implementará políticas públicas orientadas a promover y fortalecerla enseñanza y la práctica de los deportes y juegos de los pueblos originarios que habitaron y habitan en el territorio de La Pampa.

    Artículo 3°: El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

    Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

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