Decreto 605/23


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    DECRETO NACIONAL 605/2023
    BUENOS AIRES, 23 de Noviembre de 2023
    Boletín Oficial, 24 de Noviembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    Se incorpora el intestino al listado de órganos y tejidos que podrán ser ablacionados de personas vivas

    ARTÍCULO 1º.- Incorpórase como inciso i) al artículo 21 del ANEXO I del Decreto Nº 16 de fecha 4 de enero de 2019, el siguiente:.

    "i) Intestino".

    ARTÍCULO 2º.- El INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, determinará los criterios técnicos para la selección de donantes y receptores, como así también las condiciones que deberán reunir los establecimientos y equipos de profesionales para poder llevar a cabo la práctica.

    ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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