Ley 3899 de CHACO


    Volver al boletín
    LEY 3.899-E
    RESISTENCIA, 20 de Septiembre de 2023
    Boletín Oficial, 8 de Noviembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1°: Declárase patrimonio cultural y artístico de la Provincia a "Los Saberes Artesanales y a las Artesanías Indígenas de la Provincia", a los efectos de hallarse comprendidos en el marco de la ley 1400-E - Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de la Provincia del Chaco, artículo 4° inciso h).

    ARTÍCULO 2°: Considérase a los efectos de la presente ley como Saberes Artesanales y Artesanías Indígenas:

    a) Los saberes técnicos involucrados en el proceso artesanal que se materializan en las artesanías indígenas, entendidos estos saberes como patrimonio inmaterial determinados en el artículo 4°, inciso j) de la ley 1400-E - Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de la Provincia del Chaco.

    b) Las obras realizadas por artesanos y artesanas de etnias indígenas de nuestra Provincia, las cuales son elaboradas con materiales que se encuentran en el entorno natural, sean estos realizados totalmente con estos elementos o con la incorporación parcial de otros materiales conforme las transformaciones en los diseños como resultado de sus procesos creativos.

    ARTÍCULO 3°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...