Decreto 1677/23 de BUENOS AIRES


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    DECRETO 1.677/2023
    LA PLATA, 16 de Septiembre de 2023
    Boletín Oficial, 25 de Septiembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    Se incrementa el monto de los haberes mínimos de las prestaciones contributivas otorgadas por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

    ARTICULO 1°. Establecer, a partir del 1° de marzo de 2023, en la suma de pesos cuarenta y seis mil ochocientos ($46.800) el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

    ARTICULO 2°. Dejar establecido que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, y a los porcentuales fijados en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/2022, a partir del 1° de marzo de 2023 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos veintiocho mil ochenta ($28.080) y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos dieciocho mil setecientos veinte ($18.720).

    ARTICULO 3°. Encomendar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires la implementación de las medidas conducentes para aplicar la movilidad señalada, liquidando y abonando en su caso, los complementos correspondientes para los beneficios alcanzados por lo dispuesto en los artículos precedentes.

    ARTICULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo, Hacienda y Finanzas y Jefatura de Gabinete de Ministros.

    ARTICULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Pasar al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.

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