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- DECRETO 1.677/2023
- LA PLATA, 16 de Septiembre de 2023
- Boletín Oficial, 25 de Septiembre de 2023
- Vigente, de alcance general
ARTICULO 1°. Establecer, a partir del 1° de marzo de 2023, en la suma de pesos cuarenta y seis mil ochocientos ($46.800) el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°. Dejar establecido que, conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, y a los porcentuales fijados en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/2022, a partir del 1° de marzo de 2023 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos veintiocho mil ochenta ($28.080) y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos dieciocho mil setecientos veinte ($18.720).
ARTICULO 3°. Encomendar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires la implementación de las medidas conducentes para aplicar la movilidad señalada, liquidando y abonando en su caso, los complementos correspondientes para los beneficios alcanzados por lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTICULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo, Hacienda y Finanzas y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Pasar al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.
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Fuente de Información

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➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual