- Volver al boletín
- LEY I 762
- RAWSON, 7 de Septiembre de 2023
- Boletín Oficial, 28 de Septiembre de 2023
- Vigente, de alcance general
TITULO I. DECLARACIÓN DE EMERGENCIA.
Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 3° de la ley I N° 633 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Establécese la actualización semestral de los importes de las asignaciones familiares enumeradas en los artículos 1° y 2° de la presente Ley, a partir del 1ro de febrero y 1ro de agosto de cada año, de acuerdo a la variación del índice de Precios al Consumidor Región Patagonia (IPC Región Patagonia) publicado por el INDEC.
A los fines del cálculo de las asignaciones correspondientes al mes de febrero, a percibir en el mes de marzo, se tomará como base el índice correspondiente a los meses de agosto del año anterior y enero del año de que se trate y para las asignaciones correspondientes al mes de agosto a percibir en el mes de septiembre, se tomará como base el índice correspondiente a los meses de enero y julio del mismo año."
Artículo 2°.- Las liquidaciones de las asignaciones familiares enumeradas en los artículos 1° y 2° de la Ley I N° 633, correspondientes a los meses de septiembre del corriente año hasta enero del año 2024, contendrán el monto actualizado al mes de agosto de 2023, conforme las pautas indicadas en el artículo anterior.
Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual