El pedido de morigeración de la detención no encuadra dentro de la acción de habeas corpus


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    Debe ser rechazado el recurso de casación interpuesto por un número de internos de un pabellón del Complejo Penitenciario de Ezeiza, contra la sentencia que rechazó el pedido de habeas corpus por medio del cual solicitaron la morigeración de sus detenciones en atención a la pandemia del Coronavirus, puesto que los pedidos de arresto domiciliario no constituyen de por sí una causal de habeas corpus, porque su naturaleza jurídica es distinta y su análisis debe realizarse en los procesos y ante los jueces correspondientes. En consecuencia, no se trata de una acción de naturaleza constitucional, dado que lo que se intenta es la concesión de prisiones morigeradas sin que quedara evidenciada ni demostrada la real existencia de un agravamiento de sus condiciones de detención.
    SENTENCIA
    11 de Junio de 2020
    CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 04
    Magistrados: Mariano Hernán Borinsky - Gustavo M. Hornos
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    Carátula: Internos del Pabellón C de la UR I de Ezeiza s/ recurso de casación

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