Ley 9700 de TUCUMAN


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    LEY 9.700
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 5 de Julio de 2023
    Boletín Oficial, 25 de Julio de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia a la Ley Nacional N° 27.709, denominada Ley Lucio, que crea el Plan Federal de Capacitación en Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

    Art. 2°.- Desígnase Autoridad de Aplicación de la presente Ley a la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia.

    Art. 3°.- La Autoridad de Aplicación deberá establecer los mecanismos de acceso a la capacitación de los sujetos obligados por formar parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, conforme a la Ley N° 27.709.

    Art. 4°.- La Autoridad de Aplicación podrá suscribir convenios para campañas de difusión o concientización con:

    1) Instituciones Gubernamentales;

    2) Organismos Públicos;

    3) Empresas del Sector Privado;

    4) Organizaciones no Gubernamentales;

    5) Organizaciones Sociales o;

    6) Entidades Deportivas.

    Art. 5°.- Las entidades del Artículo 4°, que suscriban convenios con la Autoridad de Aplicación, podrán asumirse como parte del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, actuarán como agentes sociales preventivos contando con la información básica y necesaria para realizar las denuncias ante los organismos administrativos o judiciales que correspondan.

    Art. 6°.- Comuníquese.

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