Ley 329 de MISIONES


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    LEY VI-329
    POSADAS, 8 de Junio de 2023
    Boletín Oficial, 23 de Junio de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE MISIONES SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

    ARTÍCULO 1.- Se declara de Interés Provincial a la conmemoración por el Día Nacional del Joven Argentino de Origen Libanés instituido el 3 de octubre; en homenaje al natalicio de la doctora Ninawa Daher, joven argentina de origen libanés reconocida por su activo protagonismo en la vida pública social argentina y en especial en la colectividad libanesa y árabe en general.

    ARTÍCULO 2.- Se adhiere la provincia de Misiones a la Ley Nacional Nº 27.075, Día Nacional del Joven Argentino de Origen Libanés, que como anexo único forma parte integrante de la presente.

    ARTÍCULO 3.- La presente ley tiene los siguientes objetivos:

    1) Impulsar actividades que contribuyan al fortalecimiento del encuentro e interacción de los jóvenes de origen libanés y misioneros incentivando la participación de la comunidad en general;

    2) Realizar jornadas educativas, conmemorativas, culturales, recreativas, comunitarias, solidarias y publicitarias, para la concreción de programas enfocados en el compromiso de concientizar acerca de los valores fundamentales, a los efectos de trazar el nuevo paradigma de inclusión y activismo social;

    3) Proponer el otorgamiento de becas, en Argentina como en los países árabes, con el fin de promover e implementar la cultura del encuentro invitando a todos los jóvenes a ser parte de los valores propios de la cultura árabe;

    4) Intensificar la participación en el intercambio y la integración de los jóvenes entre las instituciones argentinas y árabes.

    ARTÍCULO 4.- Es autoridad de aplicación la Secretaría de Estado de Cultura.

    ARTÍCULO 5.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones en el Presupuesto General de la Administración Pública Provincial a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente ley.

    ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    ANEXO ÚNICO Ley Nacional Nº 27.075 Día Nacional del Joven Argentino de Origen Libanés.

    ARTÍCULO 1°.- Institúyase el día 3 de octubre de cada año como Día Nacional del Joven Argentino de Origen Libanés, en conmemoración del nacimiento de la doctora Ninawa Daher, joven argentina de origen libanés, de larga trayectoria periodística, solidaria y protagonista de la vida institucional de la comunidad libanesa en la Argentina.

    ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

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