Decreto 3498/22 de ENTRE RIOS


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    DECRETO 3.498/2022
    PARANÁ, 17 de Octubre de 2022
    Boletín Oficial, 6 de Marzo de 2023
    Vigente, de alcance general
    Aprueban Convenio entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos

    Art. 1°.- Apruébase el convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, para la ejecución del Programa Nacional de Salud Comunitaria, con vigencia por el período comprendido entre el 1° de abril de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, el cual agregado forma parte integrante del presente decreto, en merito a lo expuesto en los considerandos precedentes.

    Art. 2°.- Apruébase el modelo de contrato de locación de obra - Programa Nacional de Salud Comunitaria - el que agregado forma parte integrante del presente decreto, exceptuándolo de los alcances del Decreto N° 4526/18 GOB y su modificatorio Decreto N° 19/19 GOB, conforme lo establecido en el Decreto N° 906/19 MS.

    Art. 3°.- Autorízase a la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud, a aprobar los contratos con los profesionales y otros agentes de salud, a los fines de cumplimentar el Programa Nacional de Salud Comunitaria, mediante resoluciones de la Jurisdicción

    Art. 4°.- Facúltase a la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud, a dictar las resoluciones necesarias para el destino de los fondos específicos para el cumplimiento de lo dispuesto mediante Resolución N° 844/22 del Ministerio de Salud de la Nación y realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes e imputar el gasto que incidirá en ejercicios futuros, en virtud de la vigencia del convenio.

    Art. 5°.- Impútase el gasto a las siguientes cuentas del presupuesto vigente: Dirección de Administración 960 - Carácter 1 - Jurisdicción 45 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 06 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 11 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 0962 - Inciso 3 - Partida Principal 4 - Partida Parcial 2 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.

    Art. 6°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra Secretaria de Estado de Salud.

    Art. 7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

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