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- LEY 9.249
- SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 21 de Mayo de 2020
- Boletín Oficial, 22 de Mayo de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Dispónese la rotulación obligatoria en las cajas o envases de leche destinadas a organizaciones civiles y/o sociales de nivel intermedio para personas en situación de vulnerabilidad, proporcionadas a través de los programas de asistencia dependientes del Ministerio de Desarrollo Social y del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
Art.2°.- Dicha rotulación con el texto "PROHIBIDA SU VENTA" deberá ser realizada con cintas o fajas preimpresas en tinta de color rojo, colocadas en diagonal en la parte frontal de las cajas o envases.
Art. 3°.- La rotulación deberá ser en tipografía con el texto acorde y proporcional al tamaño de las cajas o envases.
Art. 4°.- El Poder Ejecutivo realizará las compensaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual