Conceden una medida autosatisfactiva a una periodista por la filtración de chats de contenido íntimo entre famosos


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    Corresponde conceder la medida autosatisfactiva solicitada por una periodista supuestamente mencionada en la viralización de chats de contenido íntimo entre personas famosas, y ordenar el cese de la difusión y divulgación de dichas conversaciones, puesto que la difusión de mensajes de insoslayable condición íntima que llevara a cabo una mujer se erige como un indiscutible supuesto de violencia de género mediática. En consecuencia, no se trata de un acto de censura previa, sino de procurar la forma en que se detenga una sucesión de actos gravísimamente lesivos de la intimidad y el honor de una mujer.
    SENTENCIA
    13 de Febrero de 2023
    JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL NRO 45. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Carlos Goggi
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    Carátula: B., E. c/ ENACOM s/ medidas autosatisfactivas

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