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- LEY 9.448
- MENDOZA, 27 de Diciembre de 2022
- Boletín Oficial, 17 de Enero de 2023
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º- Declárese de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación el rasgo de terreno identificado como "espacio reservado" según plano de mensura visado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 10/10.249, con Nomenclatura Catastral N° 10-01-08-0004-000001, Padrón Territorial N° 17.820/17, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de Cooperativa de Vivienda Santa María de Oro Ltda, CUIT Nº 50-00007938-0, como primera inscripción al Nº 19.948, Fojas 365, Tomo 49 D, de Rivadavia, con fecha 17/09/1993; la misma consta de una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (286,55 m2) según mensura y título, con los siguientes límites y medidas perimetrales: al Norte en DOS METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS (2,80 m.) con Silvestre, Osvaldo Javier; al Este en CIENTO NUEVE METROS CON TREINTA Y SIETE CENTÍMETROS (109,37 m.) con Sucesión Rocha, Nicolás; al Sur en DOS METROS CON CINCUENTA Y TRES CENTÍMETROS (2,53 m.) con calle Juan XXIII y al Oeste en CIENTO NUEVE METROS CON TREINTA Y DOS CENTÍMETROS (109,32m.) con calle Ejército de Los Andes.
Art. 2º- El objeto de la presente expropiación tendrá como destino el ensanche de la calle Ejército de los Andes, de la Ciudad de Rivadavia.
Art. 3º- El sujeto expropiante será la Municipalidad de Rivadavia de conformidad al Decreto-Ley Nº 1447/75, Art. 3º
Art. 4º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será soportado por la Municipalidad de Rivadavia.
Art. 5º- Las obras de urbanización correspondientes a red de agua, red de luz, red de gas, red de cloacas, perfilado y enripiado de calles, perfilado de cunetas, cordón banquina, alcantarillas, luminarias, veredas y arbolado público quedarán a cargo del colindante este y/o de sus futuros adquirentes.
Art. 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual