Ley 11036 de ENTRE RIOS


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    LEY 11.036
    PARANA, 6 de Diciembre de 2022
    Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de Ley:

    Art. 1°: Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmueble establecidos en las Ordenanzas N° 33.177 y N° 33.612, y su modificatoria N° 34.519 junto a su respectivo Anexo I sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia los días 22 de junio de dos mil seis, 8 de mayo de dos mil ocho, y 2 de junio de dos mil once, respectivamente. Todos localizados en el Departamento Concordia, Municipio de Concordia, Ejido de Concordia.

    Art. 2°: Los inmuebles serán destinados exclusivamente para los usos y actividades que prevé el Plan de Revitalización Ambiental del Arroyo Manzores: Lagunas de Tratamiento Aeróbico, Lagunas de Retención y Detención, Parques Públicos, Bice-Sendas, senderos y calles, Centros de Interpretación, Puentes Peatonales y Vehiculares, Areas Deportivas, equipamiento Cultural y Deportivo, Relocalización Selectiva de Viviendas, según el plan.

    Art. 3°: Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para atender el gasto que demande lo dispuesto en el artículo 1°, una vez producida la tasación por parte del Consejo Provincial de Tasaciones.

    Art. 4°: Comuníquese, etcétera.

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