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- LEY 15.392
- LA PLATA, 15 de Diciembre de 2022
- Boletín Oficial, 29 de Diciembre de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1.- Fíjase en la suma de pesos treinta y seis mil quinientos cincuenta millones ($ 36.550.000.000,00.-), el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital de la Jurisdicción 1.1.1.01, Jurisdicción Auxiliar 01 - Honorable Cámara de Diputados para el Ejercicio Financiero 2023 de acuerdo con el siguiente detalle:
TOTAL DE EROGACIONES $ 36.550.000.000,00 EROGACIONES CORRIENTES A financiar con recursos de Rentas Generales $ 36.100.000.000,00 - Gastos en Persona l $ 25.200.000.000,00 - Bienes de Consumo $ 600.000.000,00 - Servicios no Personales $ 8.500.000.000,00 - Transferencias $ 1.800.000.000,00 EROGACIONES DE CAPITAL A financiar con recursos de Rentas Generales $ 450.000.000,00 - Bienes de Uso $ 450.000.000,00
ARTÍCULO 2°.- Fijase en novecientos ochenta y cinco (985) el número de cargos correspondientes al personal de planta permanente con estabilidad; en noventa y dos (92) el número de cargos correspondientes a Diputados y ocho (8) Funcionarios de Ley; en ciento treinta y uno (131) el número de cargos correspondientes al personal de planta permanente sin estabilidad y en doscientos noventa y cuatro (294) el número de cargos correspondientes al personal de planta temporaria.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados a distribuir presupuestariamente los importes aprobados en la presente Ley, adecuando las cuentas a la reforma de administración financiera implementada, de acuerdo a los clasificadores presupuestarios establecidos.
ARTÍCULO 4°.- Convalídase el incremento en los créditos presupuestarios respecto del Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital de la Jurisdicción 1.1.1.01, Jurisdicción Auxiliar 01 - Honorable Cámara de Diputados del Ejercicio Financiero 2022.
ARTÍCULO 5°.- Incorpórase como artículo 39 bis de la Ley N° 10.334 -Ley Complementaria Permanente de la Ley Anual de Presupuesto de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires- y modificatorias, el siguiente:
" ARTÍCULO 39 BIS.- Los agentes de Planta permanente con estabilidad que revisten en cargo de mayor jerarquía sin estabilidad aprobados en la estructura orgánico funcional de la Honorable Cámara de Diputados, serán ubicados cuando se produjere su cese en el Agrupamiento Personal de Apoyo, categoría salarial 20 para quienes ejercieron funciones de Subdirector, equivalentes y superior; y en el Agrupamiento Personal de Apoyo, categoría salarial 18, para quienes ejercieron funciones de Jefe de Departamento/Despacho o equivalentes.
Para tener derecho a dicha ubicación escalafonaria, los agentes deberán acreditar los siguientes requisitos:
a) Que hayan desempeñado el cargo en las funciones mencionadas durante tres (3) años continuos o cinco (5) alternados, como mínimo.
b) Poseer al menos cinco (5) años de antigüedad laboral en la H.C.D. o diez (10) años alternados en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
c) Que el cese en el cargo sin estabilidad no se haya dispuesto como consecuencia de sanción disciplinaria."
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese el Anexo I del artículo 3° de la Ley N° 10.334 -Ley Complementaria Permanente de la Ley Anual de Presupuesto de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires- y modificatorias, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 7°.- Convalidase en todos sus términos la Resolución N° 3060 de la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados, de fecha 15 de junio de 2022.
ARTÍCULO 8°.- La presente Ley tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 2023.
ARTÍCULO 9°.- La presente Ley integra el Presupuesto General Consolidado de la Provincia para el Ejercicio Financiero 2023 como Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital de la Honorable Cámara de Diputados.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ANEXO
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual