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- LEY XVII 152
- RAWSON, 27 de Octubre de 2022
- Boletín Oficial, 16 de Noviembre de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°.- Incorpórese el artículo 54° bis a la Ley XVII N° 88, de Política Hídrica Provincial, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 54° bis. - La percepción de recursos previstos en los incisos a), g), j) y l) del artículo 54°, así como su ejecución por vía de apremio, estarán a cargo de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público o el organismo que en el futuro la reemplace.
Lo recaudado, previa deducción del porcentaje correspondiente al Fondo Estímulo creado por Ley II N° 12, se transferirá al Instituto Provincial del Agua en una fuente afectada a tal fin".
Artículo 2°. - LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual