Ley 742 de CHUBUT


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    LEY I 742
    RAWSON, 13 de Octubre de 2022
    Boletín Oficial, 16 de Noviembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona con fuerza de ley:

    Artículo 1°.- Adhiérese la Provincia del Chubut a la Ley Nacional N° 27.681, que instituye el día 27 de julio de cada año, como el "Día Nacional del Pistero Socorrista".

    Artículo 2°.- Promuévese la realización en todo el territorio de la Provincia del Chubut, de actividades referidas a la conmemoración y difusión del Día Nacional del Pistero Socorrista.

    Artículo 3°.- Invítese a los Municipios, Comisiones de Fomento y Comunas Rurales a adherir a la presente Ley.

    Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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