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- LEY 5.776
- SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 22 de Septiembre de 2022
- Boletín Oficial, 28 de Octubre de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Adhiérase la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 24.660, sus Leyes Modificatorias 26.472, 26.695, 26.813, 27.375 y sus decretos reglamentarios.
ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo debe adecuar al régimen de la Ley N° 24.660, y sus modificatorias, todas aquellas materias que sean de su competencia exclusiva, para lo cual debe dictar, dentro de los ciento veinte (120) días de promulgada la presente, la reglamentación respectiva.
ARTÍCULO 3°.- Derógase todo dispositivo que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual