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- SENTENCIA
- 10 de Agosto de 2022
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 06
- Magistrados: Ignacio Rodríguez Varela
Debe rechazarse el planteo de incompetencia formulado por un procesado por varios episodios de abuso sexual, para que se remita la causa a la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que allí se encuentra vigente el juicio por jurados (Ley CABA N° 6.451), puesto que los delitos en los cuales se subsumieron los hechos por los que fue procesado no fueron aún objeto de transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Corte Suprema de Justicia de la Nación no formuló tacha alguna contra la normativa que rige dicho proceso. En relación a los argumentos relativos al juicio por jurados, se trata de una cuestión ajena a la contienda de competencia, ya que los jueces naturales se determinan por la jurisdicción y la competencia establecida en la constitución y las leyes dictadas en consecuencia, y no por las particularidades de los diversos procedimientos ni las preferencias que los justiciables puedan tener entre unos y otros.
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Carátula: A., J. J. s/ incompetencia
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual