- Volver al boletín
- DECRETO NACIONAL 447/2022
- BUENOS AIRES, 2 de Agosto de 2022
- Boletín Oficial, 3 de Agosto de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES (USD 33.000.000), destinado a financiar el Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ''La Ruta Natural" que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6) Capítulos, de las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I (IF-2022-57148747-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante de esta medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida el ANEXO II (IF-2022-26844164-APN-SSRFID#SAE) y el ANEXO III (IF-2022-26844325-APN-SSRFID#SAE), las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo" y las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo", respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 5521/OCAR, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de esta medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como "Organismo Ejecutor" del Programa de Desarrollo, Inversión y Facilitación del Turismo de Naturaleza de Argentina: ''La Ruta Natural" al MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, a través de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO, que actuará como responsable del área sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE PRÉSTAMOS INTERNACIONALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que será la responsable del área de coordinación administrativa. Adicionalmente, la evaluación estratégica del Programa tendrá al Organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable de la ejecución técnica-metodológica, y quedarán todas las mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5521/OC-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
Más Decretos Nacionales...
Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda