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- LEY 3.458
- SANTA ROSA, 7 de Julio de 2022
- Boletín Oficial, 29 de Julio de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°: Modifícase el artículo 4° de la Ley Provincial 3282, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4°: La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será la Dirección General de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de La Pampa, o el organismo que en le futuro lo reemplace, en colaboración con la Policía de la Provincia de La Pampa. La Autoridad de Aplicación podrá celebrar acuerdo con los Municipios y las Comisiones de Fomento para el cumplimiento de la presente Ley.".
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual