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- SENTENCIA
- 22 de Junio de 2022
- CAMARA NACIONAL DE CASACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Horacio Días - Jorge Rimondi
El recurso de casación interpuesto contra la sentencia que denegó el pedido de fijación de vencimiento de la pena de prisión perpetua, formulado por la defensa del condenado por provocar un incendio intencional en el que fallecieron cinco personas, dado que el a quo sostuvo que la Ley 26.200, al adecuar las sanciones penales aplicables en los supuestos previstos por el art. 6 del Estatuto de Roma, fijó el máximo de la pena temporal aplicable en 25 años (art. 8), y que en el caso de muerte la pena será de prisión perpetua, afirmando que la pena privativa de libertad no está vedada por el derecho internacional de los derechos humanos ni por el Estatuto de Roma, y el recurrente no logró poner en crisis las consideraciones de la instancia anterior, en cuanto a que la pena perpetua no se encuentra prohibida por nuestro ordenamiento jurídico. De todas formas, cabe destacar que el condenado cuenta efectivamente con la posibilidad del egreso anticipado en los términos del art. 13 del Código Penal
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Carátula: Álvarez González, Fructuoso s/ actuaciones complementarias
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual